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¿Cómo marcha la Tarea Ordenamiento en la universidad?

Carlos Rafael Núñez Cruz (izquierda) durante el acto de entrega del cargo de Director de Recursos Humanos, de la Universidad de Holguín. UHo FOTO/Luis Ernesto Ruiz Martínez.

La implementación de la Tarea Ordenamiento ha causado un alto impacto en la sociedad y en nuestro pueblo. Por la importancia que reviste, tanto para el desarrollo del país, como para la vida cotidiana de los trabajadores, se sostuvo una conversación con el MSc. Carlos Núñez Cruz, director de Recursos Humanos de la UHo, para aclarar algunas de las dudas que suscitan mayor interés entre el colectivo universitario.

Una de las principales dudas que tienen los trabajadores se refiere al descuento que se le aplica al salario ¿Cómo se va a proceder con el mismo?  

El 5 por ciento es lo considerado como Contribución Especial a la Seguridad Social, que es una cuenta que va destinada a ese fin, y el 3 por ciento, que también pudiera ser hasta un 5 por ciento si los salarios sobrepasan la cifra de 9510 pesos; es lo que se conoce como impuesto sobre ingresos personales. Son dos cuentas diferentes, es decir, dos descuentos que no tienen que ver uno con el otro, aunque para los efectos del trabajador sí, porque son 2 cifras que se descuentan del salario bruto.

Ahora, ¿cómo sería este descuento? A todos los trabajadores y al 100 por ciento del salario que devengue el trabajador se le aplica siempre el 5 por ciento de la Seguridad Social; es decir, ese valor se va a descontar automáticamente. Aparte de ese 5 por ciento, a los trabajadores que sobrepasen una cifra de 3260 pesos, se les va a aplicar un 3 por ciento a la diferencia que sobrepase esa cantidad. Para poner un ejemplo, si un trabajador cobra 4000 pesos, la diferencia entre su cobro (4000) y 3260 es de 740 pesos, a este es al que se le aplica un 3 por ciento, o sea, a esos 740 pesos.

Ese valor también se le descuenta del salario total. En este caso hipotético, 200 pesos sería el 5 por ciento del salario – Seguridad Social -, más 22.20 pesos que corresponde al 3 por ciento de 740 pesos – impuesto sobre ingresos personales -, serían 222.20 pesos que se le descontarían al trabajador, quien recibiría en su tarjeta 3779.80 pesos, o en su cobro por caja, lo que sería su salario neto.

Hoy ningún salario escala es superior a 9510 pesos en la Universidad de Holguín, pero en los meses de vacaciones, cómo se paga el salario y a veces se pagan las vacaciones, lo que uno devengue ese mes puede sobrepasar, en algunas ocasiones, esa cifra; me refiero a los trabajadores que tengan un salario mayor a 5000 pesos que puede sobrepasar la cifra de los 9510 pesos; en ese caso se le descuenta el 5 por ciento. Es decir, en este caso serían 3 descuentos: el 5 por ciento del total, el 3 por ciento a partir de 3260 hasta 9510 y el 5 por ciento al exceso de los 9510 pesos. 

En el caso de los profesores existen dudas sobre los pagos por categorías docentes ¿Cómo se va a proceder en ese caso?

En la Resolución 36 del 2020 se establece el pago del salario escala de los profesores según la categoría docente que ostente. En el caso del Profesor Titular cobra un salario escala de 5560 pesos, el Profesor Auxiliar 5310 pesos, el Profesor Asistente 5060 pesos y el Profesor Instructor 4810 pesos.

Ahora, el Auxiliar Técnico a la Docencia, más conocido como ATD, en las resoluciones anteriores, cobran un único salario, que era en función del cargo que ocupan. En esta nueva etapa se dividió, si el ATD es graduado de Nivel Superior, gana un salario de 4210 pesos y si es de Nivel Medio Superior un salario de 3610 pesos.   En el caso de los profesores que tienen la función de Profesor Principal de Año Académico, Metodólogo o Secretario de facultad o filial, cobran también en función de su categoría. El Profesor Titular cobra un salario escala de 5810 pesos, si es Auxiliar cobra 5560, si es Asistente 5310 y el Instructor 5060.

Si el profesor es Máster o Doctor entonces tiene otro pago adicional que sería 825 pesos por la categoría científica de Doctor en Ciencias o 440 pesos por obtener la categoría de Máster o Especialistas. Estos básicamente son los pagos adicionales porque la antigüedad establecida por el Ministerio de Educación Superior se eliminó como un pago adicional.

¿Cómo se va a realizar el pago a los profesores a tiempo parcial?

El pago a los Profesores a Tiempo Parcial que hoy tenemos en la universidad, que son trabajadores por cuenta propia e incluso que no tienen ningún otro vínculo, se va a pagar igualmente que a los profesores a Tiempo Completo según la categoría docente. Es decir, si es Titular su salario escala sería de 5560 pesos y así con las otras categorías. Ese salario es para un trabajador que labore 190.6 horas, que es el régimen laboral. En función de la cantidad de horas que trabaje el profesor es que se le va a pagar.

Por ejemplo, un jubilado incorporado que es Profesor a Tiempo Parcial, para los efectos porque se le paga por las horas que labora, si trabaja 190.6 horas y es Titular, cobra un salario escala de 5560, ahora si trabaja 80 horas es la proporción de 80 entre 190.6 horas es lo que se le va a pagar; o sea, es en función de las horas que trabaje que va a recibir su salario, igual que el pago adicional como la maestría o doctorado. O sea 5560 más 825 pesos del doctorado daría una cifra de 6385, a este valor se le divide las 190.6 horas al mes y luego se le multiplican las 80 horas que trabajó y daría 2679.95 (el salario total).

Otros pagos adicionales que se mantuvieron en la universidad fueron los pagos por nocturnidad y por condiciones laborales anormales. En este momento, por condiciones laborales normales, tenemos un solo caso que es el soldador, quien trabaja con un nivel de peligrosidad de Grupo 1 y cobra 60 centavos la hora. En el caso de la nocturnidad, los agentes de seguridad y protección, los técnicos para la atención integral al becario (carpeteros), los oficiales de guardia y otros cobran en función de las horas nocturnas que trabajan.

¿En cuanto a las personas que recibían otros pagos además del salario como por investigaciones en proyectos, cómo se va a proceder?

Antes de la reforma salarial los únicos pagos adicionales que nosotros teníamos implementados, aparte de lo que ya hablamos ahora mismo, era el pago por participación en proyectos. El pago por participación en proyectos se eliminó como un pago adicional. Incluso había profesores que participaron en proyectos durante el 2020 y solamente pudimos pagarle hasta el mes de noviembre. Este se paga cerrando el año o cerrando semestre, lo que pasa es que por la situación de la COVID- 19 no se pudo pagar el primer semestre en el mes de Julio, ahora pagamos los dos semestres juntos, lo que no pudimos pagar fue el mes de diciembre. A partir del primero de enero se eliminaron los pagos por proyectos porque la nueva resolución así lo establece. No obstante, se habla de otra cuenta que no va a ser salario, entonces por ahí pudieran tener otros beneficios asociados a la participación en proyecto.

Yusmel Pérez Figueredo
Graduado de Historia del arte por la Universidad de Oriente (2002). Profesor de Historia del arte y Arte cubano de la Universidad de Holguín. Especialista de la Dirección de Comunicación Institucional.

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